Esta página expone dónde utiliza Stats4U un modelo de lenguaje, qué puede ver y hacer ese modelo, y qué parte de ello cubre el Reglamento (UE) 2024/1689 (Reglamento de IA).
En resumen
Un modelo de lenguaje aparece en exactamente un sitio: dos o tres frases sobre la evolución de un contador, en la parte superior de su página pública de estadísticas. En ningún otro lugar.
El modelo se ejecuta en una segunda máquina del operador, no en un proveedor de nube. No se invoca ningún servicio de un proveedor de modelos. Solo se le envían cifras que ya son públicas en la página de estadísticas.
El modelo no decide nada. Formula. Cada número de su frase se le entregó, y cada número se comprueba después; si la frase no se sostiene, se descarta.
Lo pendiente también está aquí: actualmente no existe un marcado legible por máquina de las frases generadas, como exige el art. 50, apartado 2. El motivo figura en el punto 11.
Esta página es información, no asesoramiento jurídico. Recoge la valoración propia del operador y no ha sido revisada por ninguna autoridad ni por un abogado.
1. Por qué existe esta página
El Reglamento de IA no exige una página así. Lo que exige es una indicación allí donde aparece el texto generado, y ahí está: bajo cada recuadro, en el idioma de la página.
Esta página es voluntaria y va más allá. Dice también dónde no interviene inteligencia artificial (6.), qué papel tiene el operador conforme al Reglamento (8.) y qué falta todavía (11.). En un contador de visitas la pregunta más habitual no es qué hace un modelo, sino si se está contando en absoluto.
Es información y no asesoramiento jurídico. Quien necesite una valoración jurídica de su propio caso debe obtenerla de alguien que responda de ella.
2. El único sitio
En la parte superior de la página de estadísticas de un contador puede haber un recuadro con dos o tres frases: qué día de la semana fue el más fuerte, de cuántos países vinieron los visitantes, cómo se comparan los últimos días con los anteriores. Esas frases las escribió un modelo de lenguaje.
El recuadro lo dice. Una línea en el idioma de la página indica que un modelo de lenguaje escribió el texto a partir de las cifras medidas que figuran al lado y que ninguno de los números procede del modelo; junto a ello están el nombre del modelo y la fecha. Esa es la indicación del art. 50: pertenece al texto, no a esta página.
La mayoría de las veces no hay nada. Un contador solo recibe frases si midió lo suficiente a lo largo de treinta días, y la mayoría de los contadores de aquí están por debajo de ese umbral. Con qué frecuencia ocurre así se cuenta y se indica en el blog.
El recuadro solo existe en páginas de estadísticas que de todos modos son públicas. Un contador marcado como privado y un contador protegido con contraseña no lo tienen.
3. Qué modelo, y dónde calcula
El operador no desarrolla ningún modelo. Descarga pesos de modelos abiertos de terceros y los ejecuta sin modificarlos. Qué modelo escribió una frase determinada se indica bajo esa frase —allí y no aquí, porque el modelo puede cambiar y un nombre en un texto jurídico quedaría entonces desfasado.
Los modelos se ejecutan en una segunda máquina del operador, a través de un servidor de modelos local. No hay conexión con ningún proveedor de modelos: nada se transmite a OpenAI, Google, Anthropic, Mistral ni a ningún otro servicio, y de ninguno llega nada de vuelta.
El motivo de la segunda máquina es el tiempo de cálculo, no la protección de datos: un modelo necesita segundos por respuesta, y la consulta más pesada de esta aplicación necesita milisegundos. Ambas cosas no deben convivir en la misma máquina. La medición está en el blog.
No hay entrenamiento ni ajuste fino. Los pesos permanecen tal como se descargaron. Ningún dato de contador entra en entrenamiento alguno, ni el del operador ni el de nadie más.
4. Qué llega a ver el modelo
Solo cifras ya agregadas de un único contador y la dirección del sitio en el que se encuentra: visitantes de los últimos días frente a los anteriores, la cuota del país más fuerte, el número de países, el día de la semana más fuerte, la subpágina más visitada, las cuotas de dispositivos.
Ninguna dirección IP. Ningún identificador de visitante. Ningún dato en bruto. Nada que pueda atribuirse a una persona concreta. En este sistema no existe siquiera un registro que describa una visita individual.
Y solo de contadores cuya página de estadísticas es pública. Esa condición está en el código en el punto en que se reparten los encargos, no después, en la presentación. Sin ella, todo el conjunto sería una transmisión de datos ajenos a un segundo dispositivo.
La segunda máquina no se entera, por tanto, de nada que un visitante de la página de estadísticas no pudiera leer también. Lo mismo se indica en el punto 5.10 de la política de privacidad.
5. Qué puede hacer el modelo, y qué no
Puede formular. Nada más.
La selección la hace el servidor: qué cifra merece mencionarse lo calcula y lo decide el código. Al modelo se le da un encargo por hecho y escribe una frase a partir de él. Nunca ve dos hechos a la vez.
De vuelta en el servidor, cada secuencia de dígitos de la frase se contrasta con el encargo. Si no aparece allí, la frase se descarta. También se comprueban los nombres —día de la semana, país, dispositivo, página—: el correcto debe aparecer; aquellos con los que podría confundirse, no.
El modelo no calcula, no redondea, no selecciona y no decide nada. No adopta ninguna decisión sobre una persona, no evalúa a nadie, no bloquea nada y no afecta ni al recuento ni a las cifras mostradas.
Lo que las comprobaciones no detectan pertenece al mismo párrafo: una frase que afirma algo falso sin usar dígitos, y una frase sobre un asunto distinto del de su hecho. Ambas están descritas donde corresponde, a saber, en el blog. Una comprobación que uno cree hermética es peor que otra cuyas lagunas se nombran.
6. Dónde no interviene inteligencia artificial
En un contador de visitas esa es la pregunta más habitual, así que la respuesta figura aquí y no en la letra pequeña:
- El recuento mismo: una consulta a la base de datos y un registro más. Sin modelo.
- La detección de accesos automatizados («bots»): el agente de usuario comparado con una lista de cadenas. Sin procedimiento de aprendizaje, sin estimación, sin valoración de una persona.
- La determinación del origen a partir de la dirección IP: una tabla de rangos de direcciones. Consultada, no adivinada.
- Imágenes de contador, gráficos, cartas semanales, informes mensuales: generados por código a partir de cifras.
- Excluir las propias visitas, recuperar un contador, borrarlo: reglas fijas, legibles y repetibles.
En ningún punto hay decisiones automatizadas sobre una persona en el sentido del art. 22 del RGPD, ni elaboración de perfiles. Lo mismo se indica en el punto 11 de la política de privacidad.
7. Servicios de terceros en estas páginas
En las páginas de estadísticas se muestra publicidad de Google, y el formulario de consulta está protegido contra envíos automatizados mediante Google reCAPTCHA. Si allí se emplean procedimientos cubiertos por el Reglamento de IA lo determina Google y no el operador; las obligaciones de un proveedor recaen sobre ese proveedor.
Respecto de esos servicios el operador es, como mucho, responsable del despliegue en el sentido del art. 3, punto 4, y no proveedor. No genera contenido con ellos ni adopta con ellos decisión alguna sobre una persona. Qué servicios están integrados, y para qué, se expone en los puntos 5 y 6 de la política de privacidad.
8. Qué papel tiene Stats4U conforme al Reglamento de IA
El Reglamento distingue al proveedor (art. 3, punto 3) —quien desarrolla un sistema de IA o encarga su desarrollo y lo introduce en el mercado o lo pone en servicio con su propio nombre o marca, sea a título oneroso o gratuito— del responsable del despliegue (art. 3, punto 4), que utiliza un sistema de IA bajo su propia autoridad.
En la valoración del operador, aquí él es ambas cosas. En torno a un modelo de terceros hay un sistema propio: selección de las cifras, un encargo por hecho, comprobación de la respuesta, presentación. Ese sistema lo pone en servicio con su propio nombre en su propio sitio —ese es el papel de proveedor— y lo utiliza bajo su propia autoridad —ese es el papel de responsable del despliegue—. Que no se entregue a nadie no cambia nada: la puesta en servicio para uso propio está incluida.
El operador expresamente no es el proveedor del modelo. Los pesos proceden de terceros, se utilizan sin modificar y no se introduce ningún modelo en el mercado.
Esta clasificación es la valoración del operador y no una constatación de ninguna autoridad. Figura aquí porque una página sobre el propio uso de IA que omita la cuestión del papel esquiva precisamente la pregunta que importa. Quien la considere errónea encontrará en el punto 15 adónde dirigirse.
9. Clase de riesgo
Prácticas prohibidas (art. 5): ninguna. No hay manipulación subliminal, ni explotación de la vulnerabilidad, ni puntuación social, ni identificación biométrica, ni reconocimiento de emociones, ni inferencia de características protegidas.
Alto riesgo (art. 6 en relación con el anexo III): no. No se toca ninguna de las categorías allí enumeradas: ni biometría, ni infraestructuras críticas, ni educación o formación profesional, ni empleo, ni acceso a servicios privados o públicos esenciales, ni aplicación de la ley, ni migración, ni administración de justicia. Una frase sobre cifras de visitantes no decide nada sobre nadie y no tiene efecto jurídico para nadie.
Lo que queda es un sistema que genera texto sintético y que, por tanto, queda sujeto a las obligaciones de transparencia del art. 50. De ellas tratan los puntos 10 y 11.
10. El artículo 50 en detalle
El artículo tiene varios apartados con destinatarios distintos. Por orden, para que el resultado pueda seguirse:
- Apartado 1: los sistemas que interactúan directamente con personas deben darse a conocer como IA. No aplicable: aquí no hay conversación ni entrada de datos. El texto está terminado en una página antes de que nadie la abra.
- Apartado 2: los proveedores de sistemas que generan contenido sintético deben marcar la salida en un formato legible por máquina. Aplicable, y ese marcado está aquí pendiente. Véase el punto 11.
- Apartado 3: reconocimiento de emociones y categorización biométrica. No aplicable.
- Apartado 4, párrafo primero: ultrafalsificaciones. No aplicable: no se generan imágenes, audio ni vídeo, solo dos frases de texto.
- Apartado 4, párrafo segundo: el texto generado que se publique con el fin de informar al público sobre asuntos de interés público debe indicarse como tal. Dudoso que sea aplicable: asuntos de interés público apunta claramente a la formación de la opinión pública y no a cada línea publicada. Se indica en cualquier caso.
- Apartado 5: de manera clara y distinguible, a más tardar con ocasión de la primera exposición. Cumplido: la nota está justo debajo del texto, en el idioma de la página, sin nada que desplegar ni enlace que seguir.
El párrafo segundo del apartado 4 merece una frase más. Exceptúa el texto que ha sido objeto de revisión humana o control editorial y respecto del cual alguien asume la responsabilidad editorial. El operador no se ampara en ello: las frases no las lee ninguna persona antes de aparecer, se comprueban por máquina. Eso es otra cosa, y resultaría cómodo hacer pasar lo uno por lo otro.
Una indicación que solo se hace cuando es obligatoria no dice nada sobre el texto. Esta figura bajo cada recuadro desde la primera frase generada.
11. Pendiente: el marcado legible por máquina
El art. 50, apartado 2, exige de un proveedor más que una frase visible. La salida debe marcarse en un formato legible por máquina y ser detectable como generada artificialmente, con soluciones eficaces, interoperables, sólidas y fiables en la medida en que ello sea técnicamente viable.
La nota visible bajo el recuadro no es eso. Se dirige al lector, no a una máquina. En estas páginas no existe actualmente un marcado legible por máquina de las frases generadas.
Esto figura aquí porque una página sobre el propio uso de IA que solo enumere las obligaciones ya cumplidas yerra su propósito. Quien quiera saber a qué atenerse aprende más de lo que falta que de lo que hay.
Dónde está la dificultad: para dos frases de texto corrido en una página HTML no existe un procedimiento consolidado que reúna las cuatro propiedades citadas. Las marcas de agua se desarrollaron para imagen y sonido; en dos frases hay poco donde esconder algo que sobreviva a una traducción, una cita o un copiar y pegar. El propio Reglamento cuenta con ello: el art. 50, apartado 7, prevé códigos de buenas prácticas a escala de la Unión, y la Comisión Europea publicó el 20 de julio de 2026 directrices sobre el art. 50.
Lo que ya existe: la nota visible bajo cada recuadro, el nombre del modelo, la fecha de la frase y esta página. Lo que falta queda así nombrado en lugar de disimulado.
12. Alfabetización en materia de IA (art. 4)
El art. 4 exige a proveedores y responsables del despliegue garantizar un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA entre su personal y las demás personas que se ocupen del funcionamiento y la utilización de los sistemas en su nombre. La obligación se aplica desde el 2 de febrero de 2025 y con independencia de la clase de riesgo.
Stats4U es una empresa individual sin empleados. La única persona que se ocupa del sistema es quien lo construyó; las tres comprobaciones del punto 5 surgieron de fallos medidos del modelo y no de ningún curso de formación. La obligación queda por ello en gran medida vacía, no porque no se aplique, sino porque no hay nadie a quien pueda alcanzar.
El art. 4 no lleva aparejada multa; las sanciones del art. 99 no lo mencionan.
13. Modelos de IA de uso general
Las obligaciones del art. 53 y siguientes —documentación técnica, información para los proveedores posteriores, una política de cumplimiento en materia de derechos de autor, un resumen suficientemente detallado del contenido de entrenamiento— recaen sobre el proveedor del modelo, es decir, sobre quien introduce los pesos en el mercado. Se aplican desde el 2 de agosto de 2025.
Stats4U no lo es. Descarga pesos terminados, no los modifica y no transfiere ningún modelo.
Si un proveedor de modelos cumple esas obligaciones, y cómo lo hace, es algo que el operador no puede verificar. Es un límite conocido y no una afirmación en sentido contrario.
14. Fechas
El Reglamento de IA entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y se aplica por fases:
- desde el 2 de febrero de 2025: prácticas prohibidas (art. 5) y alfabetización en materia de IA (art. 4),
- desde el 2 de agosto de 2025: las obligaciones para modelos de IA de uso general, la estructura de gobernanza y las sanciones,
- desde el 2 de agosto de 2026: la aplicabilidad general y, con ella, las obligaciones de transparencia del art. 50,
- para los sistemas de alto riesgo del anexo III la fecha se trasladó al 2 de diciembre de 2027 por el Reglamento (UE) 2026/1744 (el «Digital Omnibus», en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026), y para los sistemas de alto riesgo integrados en productos regulados, al 2 de agosto de 2028. Ninguna de las dos importa para Stats4U, véase el punto 9.
Aquella modificación no aplazó las obligaciones de transparencia del art. 50. Para el marcado legible por máquina del apartado 2, el acto modificativo fija el 2 de diciembre de 2026 para los sistemas ya introducidos en el mercado el 2 de agosto de 2026; si el presente caso queda comprendido no ha sido examinado a fondo por el operador. El punto 11 se mantiene en cualquier caso.
Estas fechas se consultaron, no se recordaron. Cambiaron por última vez en julio de 2026 y pueden volver a cambiar. Quien se apoye en ellas debería consultar el Diario Oficial de la Unión Europea.
15. Supervisión
La autoridad nacional de vigilancia del mercado conforme al art. 70, apartado 1, del Reglamento es, en Polonia, la Komisja Rozwoju i Bezpieczeństwa Sztucznej Inteligencji (Comisión para el Desarrollo y la Seguridad de la Inteligencia Artificial). Fue creada por la ley polaca sobre sistemas de inteligencia artificial (Dz.U. 2026, pos. 1003, en vigor desde el 11 de agosto de 2026).
Quien considere que el uso aquí descrito infringe el Reglamento de IA puede dirigirse a ella. También puede escribir a stats4u@lukaswojcik.com; es más rápido y no altera en nada ese derecho.
Para las reclamaciones en materia de protección de datos es competente otra autoridad, que se menciona en el punto 10 de la política de privacidad.
16. Otros documentos
Se aplican y explican además:
- la política de privacidad: el punto 5.10 sobre lo que se pone ante el modelo, y el punto 11 sobre la ausencia de decisiones automatizadas,
- la página sobre el Reglamento de Datos: acceso a los propios datos, exportación y cambio de proveedor,
- las condiciones de uso y el contrato de encargo de tratamiento,
- el aviso legal.
Cómo se generan las frases, qué salió mal por el camino y dónde fallan las comprobaciones se expone con detalle, y con mediciones, en el blog.
Versión
Versión 1.0, a fecha de 10 de septiembre de 2026. Esta página es información sobre la práctica real y no asesoramiento jurídico; recoge la valoración propia del operador y no ha sido revisada por ninguna autoridad ni por un abogado.